El Ministerio de Gobierno dio a conocer a la población qué documentos podrán presentarse en las mesas de votación el próximo 26 de octubre.

Asimismo, se aclara que el DNI digital, utilizado en dispositivos móviles a través de aplicaciones oficiales, no es válido para votar, por lo que se recomienda llevar el documento físico correspondiente el día de los comicios.

De cara a las elecciones que se llevarán a cabo el domingo 26 octubre de 2025, el Ministerio de Gobierno, a través de la Dirección de Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, informó cuáles son los documentos habilitados para votar.

Podrán utilizarse las siguientes versiones del Documento Nacional de Identidad:

DNI tarjeta.
DNI tarjeta de libreta celeste con la leyenda “no válido para votar” y sin especificación de ejemplar.
DNI libreta celeste.
DNI libreta verde.
Libreta de enrolamiento.
Libreta cívica.
Es importante recordar que el ejemplar del documento debe ser igual o posterior (más nuevo) al que figura en el padrón electoral.

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